MIRA LA RESEÑA DE LA PELÍCULA DEL PRÓXIMO EPISODIO
La patronal catalana de pisos turísticos lleva el decreto de la Generalitat ante la UE
La Federación Catalana de Apartamentos Turísticos (Federatur) ha presentado la denuncia junto con la Asociación Europea de Viviendas Vacacionales (EHHA)

GTRES

26 Noviembre 2024, 14:21
El sector de los pisos turísticos catalán da un paso más en su lucha contra la normativa de la Generalitat y acude a Bruselas.
El Pleno del Parlament validó pasado 20 de diciembre el Decreto Ley 3/2023, de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico, que aprobó el Gobierno regional a principios de noviembre, tras recibir más de 70 votos a favor (PSC-Units, ERC, CUP y ECP) y 51 en contra (JxCat, Vox, Cs, PPC y un diputado no adscrito).
La normativa, que afecta a 262 municipios catalanes, entró en vigor con unos requisitos más exigentes de los que inicialmente se habían planteado, y ha sido denunciada por parte de la Federación Catalana de Apartamentos Turísticos (Federatur) y la Asociación Europea de Viviendas Vacacionales ((EHHA) ante la Comisión Europea.
Según explica el comunicado oficial, Federatur, que agrupa a las tres asociaciones de apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico existentes en Cataluña (Apartur en Barcelona, ATA en Girona y AAT en Tarragona), aduce la vulneración de al menos seis apartados de la normativa comunitaria, incluidos tres artículos de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE)”.
La normativa establece que las nuevas licencias tengan una duración de cinco años, prorrogables siempre que el planeamiento urbanístico lo permita, y establece un régimen transitorio de cinco años para que los propietarios de las viviendas turísticas ya existentes puedan actualizar su situación y conservar su licencia actual. Además, da libertad a los ayuntamientos para otorgar o no licencias, con un límite de 10 licencias por cada 100 habitantes.
Según Federatur, “esta medida restringe el derecho a la propiedad privada y limita considerablemente la actividad económica en el sector de los alquileres turísticos, vulnerando el artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que protege el derecho a la propiedad privada”. Y añade que “los propietarios se ven impedidos de decidir sobre el uso de sus inmuebles, ya que, en muchos casos, se prohíbe la explotación turística de las viviendas en función de su ubicación”.
Por otro lado, la patronal catalana de pisos turísticosdenuncia que el decreto afecta de manera injustificada la libertad de empresa, la libertad de establecimiento y la libertad de prestación de servicios, contempladas en los artículos 15 y 16 de la Carta de los Derechos Fundamentales, así como el 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
La asociación sostiene que “las restricciones impuestas a los apartamentos turísticos no resuelven el problema del acceso a la vivienda ni contribuyen al objetivo declarado del decreto de incrementar la oferta de viviendas para residencia permanente”. E insiste en que “el hecho de limitar la oferta de VUTs no garantiza que las viviendas afectadas se destinen al alquiler residencial, especialmente en zonas donde muchos de estos inmuebles son segundas residencias”.
En este sentido, la Directiva de Servicios 2006/123/CE también se ve vulnerada, según Apartur, dado que el Decreto Ley no cumple con los requisitos de necesidad y proporcionalidad exigidos por esta normativa.
Según la patronal, “esta regulación es desproporcionada, discriminatoria y contraria a los principios de libre competencia y libertad de establecimiento recogidos en la normativa europea”. Y confía en que las instituciones europeas “intervengan para corregir una normativa que consideran injusta y lesiva para los derechos de los propietarios y los operadores turísticos”.
De forma paralela, y coincidiendo con las manifestaciones realizadas por el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, sobre su decisión firme de prohibir todas las viviendas turísticas en la ciudad, Apartur le ha remitido una carta abierta en la que le exige “transparencia, rigor y honestidad hacia la ciudadanía” y que deje de demonizar a un sector, el de los apartamentos turísticos legales, que representa apenas el 1% del parque total de viviendas de la ciudad. E
Según insiste Apartur en la misiva, “los apartamentos turísticos regulados no son la causa del problema de la vivienda, ni su eliminación garantiza que estos vayan a convertirse en viviendas residenciales”.
Respaldo de las autoridades de Competencia y a la espera del TC
Federatur alerta de que las restricciones impuestas a las viviendas de uso turístico en Cataluña no solo son ineficaces para abordar el problema del acceso a la vivienda, sino que incluso podrían empeorar la situación en ciertos municipios. La advertencia se sustenta en un informe elaborado por la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO), que advierte del posible impacto negativo al desincentivar la inversión en un sector estratégico para la economía local.
La federación sostiene que la norma discrimina a este tipo de alojamientos en comparación con hoteles y otras modalidades turísticas, los cuales no se ven afectados por restricciones similares. Según Federatur, esta desigualdad resulta injustificada, ya que todas las formas de alojamiento turístico pueden generar impactos similares en la convivencia y el entorno urbano.
Además, la entidad recuerda que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha señalado la existencia de alternativas menos gravosas para incrementar la oferta de vivienda. Entre estas medidas destacan los incentivos fiscales y el fomento de la vivienda social, herramientas que, según la CNMC, serían más eficaces y equilibradas.
En este contexto, Federatur subraya la necesidad de revisar unas políticas que, lejos de solucionar el problema, podrían comprometer uno de los motores clave de la economía local: el turismo. Y recuerda que el Tribunal Constitucional acordó el pasado mes de febrero admitir a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto Ley 3/2023. El caso está pendiente de resolver.