MIRA LA RESEÑA DE LA PELÍCULA DEL PRÓXIMO EPISODIO
Estas son las condiciones de habitabilidad mínimas en una vivienda
Las autonomías son las encargadas de regular las condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas pero, ¿cuáles son?

idealista

Vera de Benito (Colaborador de idealista news)
22 Septiembre 2024, 19:00
Garantizar un espacio digno y seguro es un derecho fundamental para cualquier inquilino o propietario. Las condiciones de habitabilidad mínimas de una vivienda no solo aseguran un nivel básico de confort, sino que también buscan proteger la salud y el bienestar de quienes la habitan.
Estas condiciones, reguladas en su mayoría por normativas autonómicas, establecen los requisitos esenciales que deben cumplirse para que un inmueble sea considerado habitable y apto para vivir.
¿Qué dice la ley sobre las condiciones de habitabilidad?
En España, la regulación de las condiciones de habitabilidad de las viviendas es una competencia que recae principalmente en las comunidades autónomas, lo que significa que cada región puede tener su propia normativa al respecto.
Aunque dependan de cada comunidad, todos estos decretos establecen directrices generales para asegurar que las viviendas cumplan con ciertos estándares mínimos de habitabilidad.
Por ejemplo, la Ley 5/1995, de 7 de abril, regula las condiciones de habitabilidad en la Región de Murcia, estableciendo normas para los edificios que contienen viviendas y promoviendo la accesibilidad general. Esta ley busca asegurar que los inmuebles sean adecuados para su uso, incluyendo aspectos como el tamaño mínimo de las habitaciones, la ventilación, la iluminación y la accesibilidad para personas con discapacidad.
En Cataluña, la Ley 18/2007, del derecho a la vivienda, también regula las condiciones de habitabilidad, introduciendo la cédula de habitabilidad como un documento necesario para certificar que una vivienda cumple con los requisitos técnicos y de confort necesarios. Esta cédula es obligatoria para la venta o alquiler de viviendas y se actualiza periódicamente para adaptarse a las nuevas normativas y necesidades de la sociedad.
Otro ejemplo es la Ley 2/2016 del suelo de Galicia, que establece las condiciones mínimas de habitabilidad, salubridad y funcionalidad de las viviendas. Esta normativa se centra en garantizar que las viviendas sean seguras, accesibles y sostenibles, teniendo en cuenta factores como la eficiencia energética y la accesibilidad universal.
¿Cuáles son las condiciones de habitabilidad en una vivienda?
A nivel nacional, también existe una legislación que regula las condiciones mínimas de habitabilidad en España: la Orden de 29 de febrero de 1944 y el Real Decreto 314/2006, que establece el Código Técnico de la Edificación. Considerando las mencionadas normativas, estas son las principales condiciones que debe cumplir una vivienda:
- Una vivienda destinada a uso privado debe tener una superficie útil mínima de 36 metros cuadrados, que incluya salón-comedor, cocina y baño.
- Eficiencia energética y sostenibilidad: Es necesario cumplir con la normativa vigente en materia de eficiencia energética. El propietario debe obtener un certificado energético, lo cual puede lograrse mediante un estudio de arquitectura.
- La distribución interior es flexible, con la única restricción de que los baños deben ser independientes y las habitaciones puedan separarse. Ningún espacio de la vivienda debe servir como acceso a un local, y los baños no deben ser paso hacia otras habitaciones.
- La vivienda debe contar con una fachada abierta al exterior para permitir la entrada de luz natural y ventilación.
- La altura mínima entre el techo y el suelo debe ser de 2,50 metros. En cocinas, baños y áreas de circulación, esta altura no debe ser inferior a 2,20 metros.
- Áreas comunes: La sala de estar, el comedor y la cocina deben sumar una superficie de, al menos, 20 metros cuadrados.
- Medida mínima de una habitación: La más pequeña debe tener, al menos, 6 metros cuadrados.
- Las puertas de acceso a las áreas internas deben tener un ancho mínimo de 0,70 metros y una altura de 2 metros. En viviendas de dos o más pisos, el paso a la cocina, baño, habitaciones y espacios comunes debe ser accesible. Las escaleras deben tener un ancho de 0,90 metros y barandillas de 0,90 metros de altura.
- Tanto las habitaciones, como los espacios comunes, deben contar con iluminación y ventilación natural directa desde el exterior a través de ventanas que representen al menos 1/8 de su superficie útil.
- Las habitaciones deben tener un espacio de almacenamiento con una profundidad de 0,60 metros, una altura de 2,20 metros y una longitud de 1 metro.
- Normativa para baños en una vivienda: Las viviendas con tres habitaciones deben contar con un inodoro, ducha o bañera y un lavamanos. Si hay cuatro o más habitaciones deben tener, al menos, dos inodoros, una ducha o bañera y dos lavamanos.
- Exceptuando las restricciones de la normativa local, debe haber un espacio para tender la ropa con ventilación permanente y que no sea visible desde espacios públicos.
- Equipamiento: La vivienda debe disponer de suministro de agua caliente y fría, electricidad, evacuación de aguas, baños, cocina con desagüe, sistema de extracción de humos, equipo de cocción, lavadero, sistema electrónico para la apertura de la puerta del edificio y acceso a servicios de telecomunicaciones