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[COMPLETO] W0224338 La mujer se quitó la alianza de matrimonio que llevaba en la mano

admin79 by admin79
February 25, 2025
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[COMPLETO] W0224338 La mujer se quitó la alianza de matrimonio que llevaba en la mano

MIRA LA RESEÑA DE LA PELÍCULA DEL PRÓXIMO EPISODIO

Ayudas y subvenciones para autónomos en Cantabria

Las ayudas y subvenciones para autónomos en Cantabria están destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo. La convocatoria para 2024 está abierta.

Para poder beneficiarse de estas subvenciones, los solicitantes deben estar inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo antes y hasta el día de presentación de la solicitud, manteniendo una antigüedad en la demanda de 30 días naturales ininterrumpidos. En el caso de los jóvenes menores de 30 años, también se requiere estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 

Las personas emprendedoras que retornen a Cantabria deben registrarse como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo antes de darse de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente. Además, es necesario encontrarse en situación de desempleo durante el periodo temporal exigido.

La actividad que se pretende emprender debe desarrollarse de forma personal, profesional y directa en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Puede ser llevada a cabo de manera individual, en comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles, a excepción de sociedades laborales y cooperativas. Asimismo, la actividad debe ser viable desde un punto de vista técnico, económico y financiero, lo que debe demostrarse mediante un informe de viabilidad favorable sobre el proyecto de actividad o negocio presentado.

Las personas interesadas deben integrarse en el Sistema de Emprendimiento Regional Cantabria Emprendedora para desarrollar su proyecto, utilizando los recursos disponibles en este sistema. Antes de presentar la solicitud, deben haber iniciado su itinerario emprendedor en uno de los puntos de atención de Cantabria Emprendedora, suscribiendo el correspondiente compromiso de actividad, y haber obtenido un informe de viabilidad favorable sobre el proyecto. Ambas circunstancias se acreditarán mediante la presentación del informe de viabilidad junto con la solicitud.

Finalmente, la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o mutualidad deben mantenerse durante un mínimo de tres años ininterrumpidos para cumplir con los requisitos de las ayudas.

Ayudas para autónomos 2024 en Cataluña

En Cataluña, las subvenciones para autónomos del año en curso están diseñadas para impulsar el crecimiento de empresas y trabajadores por cuenta propia de algunos sectores específicos. La convocatoria de 2024 está abierta, y los beneficiarios deben pertenecer a las industrias seleccionadas con plazos de solicitud vigentes.

¿Qué ayudas puede pedir un autónomo en Extremadura?

En Extremadura, las ayudas para el fomento y consolidación del empleo autónomo están disponibles a través de varios programas, con una convocatoria abierta hasta el 6 de junio de 2025:

  • Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas
  • Programa II: Ayudas a personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador
  • Programa III: Tarifa cero para nuevos autónomos
  • Programa IV: Ayudas a personas ocupadas que sean trabajadoras por cuenta ajena y que inicien una actividad como autónomas
  • Programa V: Ayudas a personas beneficiarias del programa I por mantener la actividad por un período adicional de 12 meses (a los 24 meses comprometidos inicialmente)

El importe de las ayudas que podrán percibir los beneficiarios, sumando las distintas líneas, estará entre los 6.000 y los 15.920 euros.

Subvenciones para autónomos 2024 en Galicia

En Galicia, la subvención para autónomos tiene como objetivo promover el empleo autónomo a través de un programa que otorga ayudas económicas a personas desempleadas que desean desarrollar su actividad empresarial o profesional en la región como trabajadores por cuenta propia. La convocatoria de este año está abierta hasta el 30 de septiembre de 2024. Este programa se divide en dos líneas de ayuda:

  • Línea 1: Se centra en apoyar el inicio de una actividad económica y el mantenimiento del empleo por cuenta propia
  • Línea 2: Proporciona ayudas para cubrir los costes de mantenimiento de la actividad, equivalente a 12 meses del importe de la cuota reducida, según lo estipulado en el apartado 1 del artículo 38.ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo

Para ser beneficiarios, los solicitantes deben estar dados de alta de forma permanente en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o en cualquier otro régimen especial de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia, o en la mutualidad de un colegio profesional. Este requisito debe cumplirse en el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2023 y el 29 de septiembre de 2024, inclusive.

Ayudas y subvenciones para autónomos en La Rioja

En 2024, pueden optar a una subvención empresarios y profesionales que desarrollan actividades empresariales, mineras, industriales, comerciales, de servicios, así como actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras. Para ser elegibles, deben haber nacido entre 1965 y 1994, inclusive.

Los solicitantes deben estar inscritos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en el momento de solicitar la subvención y haber permanecido en esa situación de manera ininterrumpida durante el año anterior.

También deben estar registrados en el Censo de Actividades Económicas con domicilio fiscal en La Rioja y mantener esta condición hasta la resolución de la concesión y el pago. Además, es necesario estar al día con las obligaciones tributarias y de seguridad social, así como con otros recursos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La subvención tiene una cuantía fija de 2.100 euros, y cada beneficiario solo puede recibirla una vez. El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2024 a las 14:00.

Ayuda para autónomos en la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid existen ayudas destinadas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia para subvencionar parte de los gastos necesarios para iniciar una actividad empresarial. 

Esta ayuda está dirigida a personas físicas desempleadas que se den de alta como autónomos en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional pertinente. Además, las personas que sean miembros de sociedades civiles o comunidades de bienes, así como los socios de sociedades mercantiles que no formen parte del órgano administrador de la sociedad, también pueden solicitar la ayuda. Asimismo, los socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales son elegibles para estas subvenciones.

La fecha de inicio de actividad como trabajador por cuenta propia se determina según la fecha de alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas. El importe final de la ayuda cubre el 80% de los gastos justificados, de acuerdo con los costes subvencionables.

La cuantía máxima de la subvención varía:

  • Para un trabajador por cuenta propia, en general, el importe máximo es de 2.500 euros y el mínimo es de 750 euros
  • Para colectivos específicos, el importe máximo es de 3.080 euros con el mismo mínimo de 750 euros:
    • Jóvenes desempleados menores de 30 años
    • Mujeres desempleadas
    • Desempleados mayores de 45 años
    • Parados de larga duración inscritos en una oficina de empleo durante al menos doce de los últimos dieciocho meses
    • Mujeres víctimas de violencia de género
    • Víctimas de terrorismo
    • Personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33%

Respecto a los gastos de inmovilizado material e inmaterial, la ayuda puede incrementarse en un máximo de 1.500 euros. Por lo tanto, la cuantía máxima de la subvención puede alcanzar hasta 4.000 euros en general y hasta 4.580 euros para los colectivos específicos mencionados.

La concesión de esta ayuda está condicionada a que el beneficiario realice un gasto necesario para el desarrollo de la actividad, sin incluir IVA o impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Este gasto debe efectuarse entre los tres meses anteriores a la fecha de inicio de la actividad y los dos meses posteriores a dicha fecha.

Las ayudas para autónomos en Comunidad Valenciana

Ayudas para autónomos en Comunidad Valenciana

idealista

El plazo para solicitar las ayudas para autónomos está abierto hasta el 30 de septiembre de 2024. Pueden solicitar estas ayudas las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia a partir del 1 de enero de 2024 y con anterioridad a la solicitud de la subvención:

  • Contar con un Plan de empresa de la actividad a realizar, que contemple su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones y plan de viabilidad para poder llevar a cabo dicha actividad. Se acreditará mediante un informe que ha de emitir alguna de las entidades que formen parte del Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunidad Valenciana.
  • La actividad autónoma debe tener carácter innovador.
  • La persona solicitante tiene que acreditar la formación especificada en la convocatoria.

El importe de la ayuda varía según el género del solicitante: 

  • Si la persona autónoma que resulte beneficiaria es un hombre, el importe de la subvención es 5.000 euros
  • Si es una mujer, el importe de la subvención es de 6.000 euros, pero si se trata de una mujer víctima de violencia de género, el importe de la subvención es de 6.600 euros

Estas son las subvenciones para autónomos en Murcia

El plazo para obtener la ayuda para autónomos en Murcia está abierta. Existen los siguientes requisitos para realizar la solicitud:

  • Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia
  • En la fecha inmediatamente anterior a la del alta en el RETA, estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF)
  • Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a título personal o, en su caso, estarlo la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ) o la sociedad de carácter unipersonal
  • Estar dado de alta en el RETA
  • No haber estado dado de alta en el RETA en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta en dicho régimen por el que se solicita la subvención, excepto en los casos en que dicha alta hubiera sido como autónomo colaborador; ni en cualquier Mutualidad de Previsión Social que pudiera tener establecida el correspondiente Colegio Profesional como consecuencia de haber desarrollado actividades empresariales o profesionales
  • Justificar haber realizado inversiones en activos de inmovilizado material o intangible que sean necesarios y estén directamente relacionados con el desarrollo de la actividad por cuyo establecimiento se solicita la subvención, por importe no inferior a 2.500 euros, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Cuando el solicitante sea una persona con discapacidad, en situación de riesgo de exclusión social, perceptores del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción, mujer víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, deberá acreditar dicha circunstancia en la forma establecida en las bases

El importe de la subvención depende de varios factores:

  • Ayudas destinadas a hombres:
    1. 6.000 euros a menores de 30 años, de 45 a 54 años y de 30 a 44 años parados de larga duración
    2. 8.000 euros a personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptores del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción, de 45 a 54 años parados de larga duración y de 55 o más años
    3. 7.000 euros en general
  • Ayudas destinadas a mujeres:
    • 6.000 euros a menores de 30 años, de 45 a 54 años y de 30 a 44 años paradas de larga duración
    • 9.000 euros a personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptoras del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción, de 45 a 54 años paradas de larga duración y de 55 o más años
    • 7.000 euros en general

Ayudas a autónomos en Navarra para 2024

Las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en un servicio público de empleo autonómico, que se establezcan como autónomas y tengan domicilio fiscal en Navarra, tienen de plazo para solicitar una ayuda económica hasta el 30 de noviembre de 2024. 

El importe de la subvención va desde los 2.000 a 4.500 euros y la cuantía depende de:

  1. Según las circunstancias personales (si concurren varias, la de mayor importe):
    • General: 2.000 euros
    • Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros
    • Personas de 45 años o más: 2.200 euros
    • Personas desempleadas de larga duración: 2.200 euros
    • Mujeres: 2.500 euros
    • Personas con discapacidad: 3.000 euros
    • Personas perceptoras de la Renta de Inclusión Social o análoga prestación: 3.000 euros
    • Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros
  2. Ayuda adicional de 1.000 euros si la persona trabajadora autónoma desarrolla su actividad (alta en el IAE) en una localidad de Navarra de menos de 5.000 habitantes, siempre y cuando:
    • Disponga de un local/domicilio de negocio en la localidad y que así conste en el IAE (parcela, metros cuadrados, etc.)
    • En caso de carecer de local, acredite empadronamiento en esa localidad superior al año

Otras ayudas y subvenciones para autónomos por CCAA

Ciertas comunidades autónomas han cerrado sus plazos para este año en curso 2024:

  • Castilla La-Mancha: Las ayudas estaban destinadas a personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas, o que formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles o entidades sin personalidad jurídica o que constituyan una SLU. Además, había ayudas para personas físicas autónomas que realicen su actividad en zonas escasamente pobladas, en riesgo de despoblación o en zonas rurales intermedias y mujeres. Más información en este enlace. 
  • Castilla y León: Las subvenciones estaban dirigidas a personas físicas, incluidas aquellas que formaran parte de entidades sin personalidad jurídica, que se estableciesen por cuenta propia y cumplieran con los requisitos estipulados. La convocatoria de 2024 cerró el pasado 12 de agosto de 2024. Más información en este enlace.
  • País Vasco: En Bizkaia, la convocatoria 2024 para fomentar iniciativas emprendedoras ofrecía asesoramiento y ayudas para la creación y consolidación de empresas. Las medidas incluían apoyo para la puesta en marcha de nuevos negocios y la transmisión empresarial.  Más información en este enlace. 

¿Cómo tributan las ayudas y subvenciones para autónomos?

La Agencia Tributaria establece, de forma general, que todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas son consideradas como ganancias patrimoniales. Es decir, que están sujetas y han de tributar en el IRPF.

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